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Contingencia ambiental por ozono en la ZMVM; determinan restricción en circulación de vehículos y a


Se activó Contingencia Ambiental Atmosférica Extraordinaria en el Valle de México, debido a que prevalecen los índices de contaminación por partículas finas y se registró un valor de 142 puntos del Índice de Calidad del Aire por ozono.

Al determinar la Comisión Ambiental de la Megalópolis la Fase1 de Contingencia Ambiental por Ozono mañana miércoles 15 de mayo, deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas todos los vehículos con holograma de verificación 2; todos los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación NON y todos los vehículos con engomado de color rojo, terminación de placa de circulación 3 y 4. Los vehículos sin holograma de verificación o con placas formadas por letras no circulan.

También deberán suspender la circulación todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento. Asimismo, los que porten pase turístico serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.

Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.

En los últimos cuatro días, la calidad del aire se ha visto afectada por incendios en la región centro y sur del país, un sistema de alta presión que evita la dispersión de contaminantes, altas temperaturas, además de una prolongada sequía.

De acuerdo con la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) y las áreas de protección civil de las entidades, entre el 9 y 13 de mayo se han registrado 130 incendios en el Estado de México, 66 en la Ciudad de México y más de 112 en Hidalgo y 87 en Morelos.

El contaminante que ha registrado mayor incremento es el material particulado, con mayor incidencia las partículas menores a 2.5 micrómetros (PM2.5).

Se establecen las siguientes medidas adicionales para ser aplicadas en esta contingencia extraordinaria:

La industria de competencia federal y local ubicada en la Zona Metropolitana del Valle de México que no se encuentren exentas y que tengan procesos que emitan precursores de ozono sin equipos de control de emisiones, quedan obligadas a llevar a cabo acciones para reducir sus emisiones entre el 30% y 40% sobre su línea base, de manera inmediata a la declaratoria de la Fase I de Contingencia. La vigilancia en industrias de competencia federal está a cargo de PROFEPA y en el ámbito local de la PROPAEM y la SEDEMA.

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