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  • Gabriela Lima

Autoriza cabildo de Naucalpan contratar crédito público por hasta 275 mdp


Ante la falta de liquidez económica para cubrir aguinaldos y salarios de trabajadores del gobierno municipal de Naucalpan, así como hacer frente a la operatividad de seguridad pública en el mes de diciembre de este año, el cabildo aprobó la contratación de un crédito de hasta 275 millones de pesos o hasta por el monto equivalente al 6% de los ingresos totales aprobados en la Ley de Ingresos, sin considerar financiamiento neto del presupuesto de ingresos para el ejercicio fiscal 2019.

Por mayoría de votos, el gobierno local autorizó que el Tesorero municipal, Leopoldo Corona, busque un financiamiento público. El primer síndico, Maximiliano Alexander Rábago, aseguró a sus compañeros ediles que dicho crédito será contratado a corto plazo y no comprometería a próximos gobiernos ni a generaciones futuras de naucalpenses.

Informó que el crédito se contratará por "las condiciones apremiantes" que enfrenta la administración municipal, buscando evitar violentar derechos laborales o dejar patrullas paradas por falta de combustible.

En la cuadragésima primera sesión ordinaria de cabildo, se informó que este financiamiento a corto plazo deberá ser cubierto en 12 meses y será pagado con recursos federales provenientes del Ramo 28.

Cabe señalar que de acuerdo al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), quien publicó el resultado de la revisión a la cuenta pública del municipio correspondiente a 2018, apenas emitida el mes pasado, la deuda a corto plazo de Naucalpan asciende a 1,117 millones 690 mil 400 pesos, correspondiendo dichos pasivos a pagos por servicios personales, proveedores, contratistas por obra pública, fondos de garantía y otras cuentas por pagar, además de retenciones y contribuciones.

En esta misma sesión de cabildo se autorizó la reconducción presupuestal a diversas dependencias, las cuales fueron votadas en abstención por la fracción de ediles de Acción Nacional.

La fracción del albiazul dijo que no se deben establecer mecanismos para elevar la recaudación y transparentar su ejecución y que vigilará que el endeudamiento no sea mayor al 6% del presupuesto anual como lo establece la Ley.

Aunada a esta situación de endeudamiento a corto plazo, la deuda pública a largo plazo asciende a 470 millones 990 mil pesos.

El 18 de diciembre de 2013, Naucalpan y Banobras celebraron un contrato de crédito simple por un monto inicial de hasta 510 millones de pesos para cubrirse en un plazo de hasta 300 meses (25 años).

El crédito se encuentra inscrito en el Fideicomiso Irrevocable de Administración y Fuente de Pago No. 1734, el cual tiene afectado a su patrimonio 12.45% de los recursos de las participaciones federales que por FGP corresponde a los Municipios del Estado de México. La fuente primaria de pago equivale a 1.5496% de los recursos del Fondo General de Participaciones de los municipios del Estado de México.

Asimismo, como fuente subsidiaria de pago, se encuentra asignado 100% de los ingresos del FEFOM de Naucalpan. El pago de capital se realiza mediante 300 amortizaciones mensuales, consecutivas y crecientes a una tasa de 1.5%, a partir de la primera disposición del crédito.

El Municipio no contó con periodo de gracia, por lo que el primer pago de capital se realizó en febrero de 2014 mientras que el último se esperaría en septiembre de 2038, debido a los prepagos realizados en 2015 y en 2017, lo cual modificó la fecha original de vigencia del crédito, el cual vencía en diciembre de 2038.

De acuerdo a OSFEM Naucalpan cuenta con 0.7 pesos para atender cada peso de obligaciones adquiridas a corto plazo.

Además, presenta un nivel de endeudamiento en observación y le correspondería un techo de financiamiento neto de hasta el 5 por ciento de sus ingresos de libre disposición.

De acuerdo a la Ley de Disciplina Financiera para municipios y entidades federativas, la deuda de corto plazo se refiere a las obligaciones con un plazo menor o igual a un año. Para hacer frente a la falta de liquidez temporal y tener un gasto público ágil, los municipios y las entidades federativas pueden contratar obligaciones de corto plazo, sin la autorización del Congreso local, bajo ciertas características: como son que las obligaciones representen menos del 6% de los ingresos totales, aprobados en su respectiva Ley de Ingresos, sin incluir financiamiento.

Además de que se liquide la obligación al menos tres meses antes de que acabe el periodo constitucional de la administración contratante.

No se podrá refinanciar ni reestructurar este tipo de obligaciones a largo plazo, con la excepción de que el destino sea la Inversión Pública Productiva.

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